¿Qué es Modalidad 40?
Es la continuación voluntaria al IMSS: te das de alta por tu cuenta para seguir cotizando después de dejar de trabajar, y así subir tu pensión de la Ley 73.
La Modalidad 40 (art. 218 de la Ley del Seguro Social) permite pagar tus propias cuotas para elevar el salario promedio de tus últimas 250 semanas y sumar semanas, lo que aumenta tu pensión. En 2026 la cuota ronda 14.438% del salario que registras (tope 25 UMA).
En la práctica
La Modalidad 40 permite seguir cotizando por tu cuenta después de dejar el trabajo formal, con el fin de subir el salario promedio de tus últimas 250 semanas y sumar semanas adicionales. Solo tiene sentido para quienes están bajo la Ley 73, y en 2026 la cuota ronda el 14.438% del salario que registres, con un tope de 25 UMA.
El error más común
Inscribirse sin hacer números. Como se paga un porcentaje del salario registrado, cotizar por un salario alto durante pocos años puede costar más de lo que aumenta la pensión. También hay que cuidar los plazos para inscribirse tras la baja y no dejar de pagar, porque la baja automática interrumpe la estrategia.
Un ejemplo concreto
Héctor dejó su empleo formal a los 58 años, con muchas semanas acumuladas bajo la Ley 73 pero un último salario bajo. Antes de pensionarse, se inscribe en Modalidad 40 y paga sus propias cuotas registrando un salario mayor. Como la pensión de la Ley 73 se calcula con el promedio de las últimas 250 semanas, cada mes que cotiza con ese salario alto va subiendo su promedio — y con él, la pensión que recibirá el resto de su vida.
¿Quién puede inscribirse en Modalidad 40?
Trabajadores que ya cotizaron al IMSS y causaron baja del régimen obligatorio, siempre que la soliciten dentro del plazo legal posterior a su baja y no estén cotizando actualmente con un patrón. Es especialmente valiosa para quienes se pensionarán por la Ley 73 (quienes empezaron a cotizar antes de julio de 1997). Si te interesa, verifica tu situación particular en el IMSS antes de planear tu retiro alrededor de ella.
Trámites y herramientas relacionados
Fuente oficial: IMSS. La información puede cambiar; verifica siempre en el portal oficial.