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Cambio de propietario de vehículo · Querétaro

Cambio de propietario de vehículo en Querétaro 2026

Cómo actualizar el Padrón Vehicular Estatal cuando compras un auto usado ya registrado en Querétaro: derecho de 5 UMA más el impuesto por adquisición, ante la Secretaría de Finanzas.

Documentos necesarios

  • Factura de origen debidamente endosada a tu favor (o su representación impresa si es CFDI); si hubo refacturación, la de origen y la nueva; en autos usados a crédito, el comprobante de origen, la representación impresa del CFDI y la carta factura
  • Si no hay factura, se aceptan también: acta testimonial notariada, factura judicial, acta administrativa de autoridad competente, acta o acuerdo de adjudicación de bienes, título de propiedad (vehículos extranjeros) o Bill of Sale (solo extranjeros regularizados por decreto 2001)
  • Identificación oficial vigente del propietario, en original (INE o IFE, licencia de Querétaro, pasaporte, cédula profesional, INAPAM o documento migratorio)
  • Comprobante de domicilio en el estado de Querétaro, en original y de máximo 3 meses de antigüedad (12 meses si es predial): luz, agua, gas natural, TV, teléfono o estado de cuenta, entre otros
  • CURP o documento oficial que la contenga
  • Tarjeta de circulación del vehículo, para su reexpedición (art. 158 de la Ley de Hacienda)
  • Personas morales: acta constitutiva, poder notarial del representante legal, identificación oficial y constancia de situación fiscal. No se aceptan endosos hechos por personas morales
  • Si lo hace un tercero: escritura pública o carta poder ante dos testigos dirigida a la Dirección de Ingresos; solo cónyuge o parientes hasta cuarto grado pueden usar carta poder simple

Paso a paso

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    Reúne la factura y revisa su cadena de endosos

    Pídele al vendedor la factura de origen con el endoso a tu favor y la fecha de la venta. Finanzas no acepta documentos con tachaduras, alteraciones ni endosos hechos por personas morales; en ese caso se necesita la factura o el CFDI que acredite la propiedad.

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    Agenda tu cita vehicular

    Desde el portal de Asistencia al Contribuyente (asistenciaspf.queretaro.gob.mx) usa «Agenda tu Cita de Vehicular», que lleva a citasvehicular.queretaro.gob.mx. Para dudas sobre documentos o montos, el teléfono oficial es 442 211 70 70.

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    Presenta tus documentos

    Acude a la oficina recaudadora o administración regional que elegiste con los originales. Antes de cualquier movimiento al padrón, Finanzas puede verificar tus documentos y pedirte que presentes el vehículo a revisión física o una constancia de revisión alfanumérica de la Fiscalía General del Estado.

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    Paga el derecho y el impuesto

    Paga en caja los 5 UMA del cambio de propietario y, si te corresponde, el impuesto por adquisición. La ley da 15 días hábiles para pagar el impuesto a partir de que adquieres el vehículo, contados desde la fecha del último endoso de la factura.

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    Recibe tu tarjeta de circulación

    Con el trámite aplicado, la autoridad reexpide la tarjeta de circulación con los datos del nuevo propietario. Conserva el recibo oficial de pago.

Consejos prácticos

Recomendaciones prácticas del equipo editorial. No son requisitos oficiales.

  • El plazo que marca la ley para hacer los actos del padrón (alta, baja, cambio de propietario o actualización de datos) es de 15 días contados desde que ocurre el hecho, es decir, desde que compras el auto (Ley de Hacienda, art. 155).
  • Como comprador eres responsable solidario del impuesto sobre tenencia que el vehículo deba (art. 23), aunque no seas tú quien lo generó. Revisa adeudos en Recaudanet antes de pagar el auto.
  • Quien vende debe hacer la baja o el cambio de propietario en los 15 días siguientes a la venta; si no, queda como responsable solidario del impuesto, la tenencia y los derechos de control vehicular (art. 13). Es la razón para hacer el trámite rápido y pedir copia del recibo.
  • Personas afiliadas al INAPAM, pensionadas, jubiladas o con discapacidad física permanente que les impida desplazarse pagan 50% del impuesto por adquisición, acreditándolo con documento original (art. 12).
  • Si el comprobante de domicilio está a nombre de un tercero, hay que presentar uno adicional que coincida con ese domicilio. Si ya tienes otro vehículo activo en el padrón y no cambiaste de domicilio, se usa el ya registrado.
  • La sección de preguntas frecuentes de Finanzas dice que el comprobante puede tener hasta 6 meses, y la página del trámite dice 3: lleva uno reciente.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto cuesta el cambio de propietario en Querétaro?

El derecho por actualizar el padrón por cambio de propietario es de 5 UMA ($586.55 con la UMA 2026 de $117.31). Además, si la venta no causó IVA, pagas el impuesto por adquisición: 1.5% del valor de factura por un factor según la antigüedad (mínimo 9 UMA), o 9 UMA si el auto tiene más de 10 años.

¿Cuánto tiempo tengo para hacerlo y qué pasa si me tardo?

La ley fija 15 días desde que adquieres el vehículo para actualizar el padrón, y 15 días hábiles para pagar el impuesto por adquisición. En las fuentes oficiales que revisamos no encontramos el monto de una multa específica por tardar en el cambio de propietario; confírmalo en tu oficina de Finanzas.

¿Qué hago si compré un auto con placas de otro estado?

Eso no es cambio de propietario sino alta de vehículo usado. Entregas las placas y la tarjeta del otro estado (o la baja) y Finanzas puede validar los datos con esa entidad. La ley prevé 5 UMA por el aviso a la otra entidad y por la expedición de placas, tarjeta y calcomanía 31 UMA más 9 UMA de registro en autos particulares.

¿Qué hago si no tengo la factura original o está extraviada?

La página oficial acepta como alternativas un acta testimonial notariada, factura judicial, acta administrativa o acta de adjudicación. Si no hay antecedente de registro en Querétaro, la autoridad puede pedir además una constancia de revisión alfanumérica de la Fiscalía General del Estado.

¿Con el cambio de propietario me dan placas nuevas?

Las fuentes oficiales no mencionan placas en este trámite: la ley pide tu tarjeta de circulación para reexpedirla a tu nombre. Si el vendedor perdió una o ambas placas, se pide constancia de no infracción y denuncia o acta, o pagar una multa de 15 UMA según el Código Fiscal.

Sobre esta guía

Elaborada y verificada por el equipo editorial de Encuentra Trámites, un sitio informativo independiente de Grupo CVantage. Cada costo, requisito y plazo se contrasta con la fuente oficial antes de publicarse. Última verificación: 20 de octubre de 2026 · Fuente oficial ↗

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